Los principales puntos de la Ley Impositiva bonaerense que se debatirá en la Legislatura 

Este jueves, los legisladores bonaerenses debatirán el proyecto de norma impositiva para el año que viene enviado por el oficialismo. Mientras el Frente de Todos se apura a que la ley salga en el día de hoy, desde la oposición se quejaron por el poco tiempo entre el ingreso de la iniciativa y el tratamiento de la iniciativa.

El oficialismo espera que se trate hoy el proyecto de Ley Impositiva 2020 que este último martes ingresó en la Legislatura bonaerense. Según informaron desde el entorno del gobernador, Axel Kicillof, el borrador atiende especialmente la crisis que atraviesa la Provincia por la cual se encuentra en una situación de emergencia.

En ese sentido, detallaron que, para atender "las urgencias y prioridades definidas es necesario mantener el nivel de ingresos del Estado provincial. Pero al mismo tiempo es fundamental hacer más justa la recaudación, cobrando más al que más puede y generando alivio a los pequeños y medianos productores y propietarios".

De esa manera, el proyecto de Ley Impositiva se propone actualizar los valores de los impuestos del año pasado tomando en cuenta la inflación de 2019 (estimada por privados en 54,6%). Es decir, el proyecto no incrementa la presión impositiva en promedio en términos reales, sostuvieron desde calle 6.

Así, en lo que respecta a Ingresos Brutos, se mantiene la alícuota vigente, tal como autorizó el Gobierno nacional al suspender la aplicación del Consenso Fiscal. En el caso del Impuesto Inmobiliario Rural y Urbano, en promedio, la actualización se encuentra debajo de la tasa de inflación.

Además se incorporó un criterio progresivo: las propiedades de menor valuación fiscal pagarán un incremento menor a la inflación proyectada. 

Así, consideraron que a partir de la "segmentación" de los propietarios rurales, según el tamaño y valor de sus propiedades, se garantiza que el impuesto sea, en términos reales, menor al del año pasado para quienes cuentan con una menor capacidad contributiva. En ese marco, subrayaron que "el proyecto dota de una mayor progresividad al sistema tributario se suma a la amplia moratoria y a las medidas de estímulo aprobadas en la Ley de Emergencia Económica".

Vale recordar que, Kicillof espera que la Ley Impositiva sea aprobada este jueves 26 de diciembre. De no surgir imprevistos, la sesión extraordinaria se desarrollará sin sobresaltos, sin embargo los ánimos llegan algo elevados al recinto y la sesión podría extenderse hasta altas horas de la madrugada (como ya sucedió con la ley de Emergencia) o, en su lugar, posponerse.

Es que, desde la oposición se pone reparos en el incremento de la tasa rural que, dicen, en algunos casos puede llegar a 70 por ciento. De esa manera, buscarán que la discusión previa a la sesión, se encuentra una solución. Además, según pudo saber este medio, algunos legisladores de Juntos por el Cambio sostienen que el ingreso pasado el mediodía del 24 de diciembre y su trabajo legislativo a menos de 48 horas, no permite el estudio minucioso del proyecto.

En tanto, también se trataría otro de los temas espinosos de las previas negociaciones: los directores del Banco Provincia, aunque no se sabe si todos. Vale recordar que Cambiemos Juntos por el Cambio pide tres de las cuatro sillas en juego, incluida la que deja el ahora ministro de Transporte, Mario Meoni. 

Los cuatro directores que tienen mandato hasta 2021 son el radical Diego Rodrigo, el massista Sebastián Galmarini, la kirchnerista Juliana Di Tullio, y Humberto Vivaldo, quien responde al intendente de Almirante Brown, Mariano Cascallares. 

Es decir, que durante el mandato de Vidal entraron tres de la oposición (ahora oficialistas) y uno de Cambiemos. Ahora, piden que sea a la inversa, y quedarían cuatro opositores y cuatro oficialistas en el directorio, más el presidente (Juan Cuattromo) que reporta al Gobernador.


Los puntos principales del Proyecto de Ley Impositiva 2020 para la Provincia de Buenos Aires:

LINEAMIENTOS GENERALES

•    El proyecto de ley impositiva 2020 busca sostener la recaudación para atender las emergencias de la provincia.
•    Los impuestos inmobiliarios se incrementarán en promedio en la misma medida o por debajo de la inflación del año 2019.
•    Además, se establecerá una mayor progresividad al interior de la estructura interna de los impuestos patrimoniales: se reduce la carga sobre los que menos tienen en relación a los que más tienen.
•    La SEGMENTACIÓN del impuesto implica que los propietarios de menor tamaño paguen menos que el año pasado en términos reales.
•    Sin incrementar la carga impositiva promedio en términos reales se busca que contribuyan en mayor proporción los que más tienen.

INMOBILIARIO URBANO EDIFICADO

•    El impuesto determinado se ajustará, en promedio, por el equivalente a la inflación registrada durante 2019, buscando mantener su valor durante 2020. Es decir que, en promedio, EL IMPUESTO NO AUMENTA EN TÉRMINOS REALES.
•    Para darle mayor progresividad al impuesto, se propone un esquema de topes segmentados según el valor de las propiedades. Para las de menor valor fiscal el aumento será del +15%, muy por debajo de la inflación, mientras que para las de mayor valor fiscal la variación anual será de hasta el +75%.
•    La ley provincial establece incrementos en línea y por debajo de lo que estableció la mayoría de los municipios y representa un esquema similar aunque mucho menor en proporción al que implementó el gobierno anterior en 2018, cuando aumentó hasta un 60%, con una inflación cercana a 27% en 2017.
•    De esta manera, el 86% de las propiedades (3.843.187) recibirá un incremento menor a $3.500 durante todo el año que viene, pagaderos en 5 cuotas.

INMOBILIARIO URBANO BALDÍO

•    El impuesto determinado se ajustará, en promedio, por el equivalente a la inflación registrada durante 2019, buscando mantener su valor durante 2020. Es decir que, en promedio, EL IMPUESTO NO AUMENTA EN TÉRMINOS REALES.
•    Para darle mayor progresividad al impuesto, y sabiendo que este impuesto se orienta también a desincentivar la especulación inmobiliaria e incentivar la edificación, se propone un esquema de topes segmentados según el valor de las propiedades. Para las de menor valor fiscal el aumento será del +15%, muy por debajo de la inflación, mientras que para las de mayor valor fiscal la variación anual será de hasta el +90%.

INMOBILIARIO RURAL

•    SUSTENTABILIDAD: El impuesto determinado se ajustará, en promedio, por el equivalente a la inflación registrada durante 2019, buscando mantener su valor durante 2020, en un esquema de segmentación, a partir del cual se le bajará la carga impositiva a los más pequeños. Es decir que, en promedio, EL IMPUESTO NO AUMENTA EN TÉRMINOS REALES.
•    SEGMENTACIÓN: para darle mayor progresividad al impuesto, se propone un esquema de topes segmentados según el valor de las propiedades. Para las de menor valor fiscal el aumento será del +15%, muy por debajo de la inflación. Solo cuando se trate de propiedades de alta valuación fiscal y de más de 2.000 hectáreas, que representan sólo el 7% de las propiedades, el incremento llegará al 75% (un aumento real de 12,9%).
•    EXENCIONES: Se otorgan exenciones para propiedades de hasta 100 hectáreas dedicadas total o parcialmente a la producción tambera. Y también para propiedades de hasta 50 hectáreas destinadas a la producción agropecuaria.


AUTOMOTORES Y EMBARCACIONES DEPORTIVAS

•    La valuación de los automotores se actualiza anualmente según datos publicados por DNRPA.
•    En este proyecto de Ley impositiva no se modifica la tabla de alícuotas para automotores.
•    Para las embarcaciones deportivas, se ajustan las alícuotas y se modifican los rangos, con el fin de lograr una mayor progresividad. Pagarán más quienes posean embarcaciones de mayor valor.
•    La alícuota mínima para el impuesto sobre embarcaciones deportivas será de 5,5% y la máxima de 13%.

INGRESOS BRUTOS Y SELLOS 

•    Dada la suspensión del Consenso Fiscal establecida por el gobierno nacional, se replican las alícuotas de 2019.
•    En algunos sectores se incrementan las alícuotas en valores nunca superiores al 1% y siempre por debajo del máximo establecido.
 

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