El Gobierno bonaerense impulsará este año una ampliación del régimen del “arrepentido”, con el objetivo que esa figura, que reduce penas a quienes brinden información que permita avanzar en la investigación de ilícitos complejos, pueda aplicarse en la Provincia a todos los delitos cometidos por bandas, al tiempo que abre la posibilidad de que quienes ingresen en esa modalidad declaren en calidad de testigos.
El gobierno provincial de María Eugenia Vidal, enviará pronto un proyecto de ley que el Gobierno remitirá a la Legislatura no bien comience el período de sesiones ordinaria de este año y estará vinculado a la polémica Ley de "beneficios" al arrepentido.
La iniciativa complementa la ley nacional que aprobó el Congreso en octubre pasado –que dispone que puede aplicarse la figura a los casos de corrupción, los que implican delitos contra el Código Aduanero y de asociación ilícita- al modificar el Código Procesal Penal bonaerense para facilitar su aplicación práctica, precisando de qué modo se aplicarán los acuerdos de arrepentimiento para bajar penas contenidos en aquella norma, un viejo deseo del presidente Mauricio Macri.
En este punto se regulan cuestiones como que el acuerdo de arrepentimiento deberá realizarse antes del cierre de la investigación penal preparatoria y se celebrará entre el fiscal y quienes brinden la información, para luego ser homologado por el juez de garantías, que además podrá dictar sentencia condenatoria contra el arrepentido. También se excluye de los acuerdos a funcionarios con cargos susceptibles de juicio político.
Pero la novedad más importante es que, en su artículo primero, la reforma que propondrá Vidal a los legisladores extiende a todos los delitos cometidos por bandas (tiene que haber más de una persona involucrada para que puede existir la delación), una facultad que es de exclusivo resorte provincia, por lo que no se había avanzado cuando se aprobó la ley nacional.
Otra novedad que aporta el proyecto es la posibilidad de que se archive la causa contra el arrepentido, cuando esté estuviera imputado por delitos leves, con penas previstas menores a los 3 años de cárcel. Al mismo tiempo, los hace declarar en calidad de testigos (no de imputados) por lo que su testimonio tendría más valor para el juez, al tiempo que si miente, quedaría expuesto a un proceso por falso testimonio.
La intención es que pueda haber arrepentidos para delitos en los cuáles actúan bandas complejas pero que habían quedado fuera de la ley nacional, como la piratería del asfalto o las tomas organizadas de terrenos. Un ejemplo práctico de cómo funcionario el nuevo régimen es justamente el caso de las tomas de terrenos, en general protagonizadas por personas de bajos recursos que actúan por cuenta de organizaciones.
En ese caso, podría ofrecérsele al imputado el archivo de la causa porque la pena es menor a tres años, a condición de que declare como testigo sobre quién impulsó el delito. A su vez, podría acogerse al régimen de testigo de identidad reservada que existe en la provincia. Y quedaría expuesto a un proceso penal complementario por falso testimonio si la información que entrega no es certera.