Baro propuso crear la certificación "sin trabajo infantil" para empresas de la provincia

La comisión provincial para la prevención y erradicación del trabajo infantil será la encargada de establecer las condiciones de acceso, procedimiento, mecanismos y duración del certificado, que será excluyente para aquellos que quieran ser proveedores del estado.

La Senadora del Frente Renovador, Malena Baro, remarcó la necesidad de avanzar en un proyecto de ley de su autoría, que espera ser abordado en la comisión de niñez, adolescencia y familia de la Cámara Alta, y que tiene como objetivo la creación de la certificación “sin trabajo infantil” que avale la no utilización de mano de obra de los niños sobre la producción de bienes y servicios.

La iniciativa de la legisladora juninense contempla que las empresas radicadas en la provincia se adhieran al sistema de certificación por medio de una declaración jurada, y queden habilitadas para utilizar la denominación “sin trabajo infantil” en rótulos, etiquetas, publicidades o cualquier otro elemento que identifique o promocione su producto o servicio.

Por el contrario, indica que las empresas que no se integren al sistema, no podrán formar parte del registro de proveedores del estado, ni acceder a programas de fomento e incentivo empresariales.

“El trabajo infantil es una de las peores formas de explotación y abuso que existe en el mundo. Pone en peligro la salud, seguridad y educación de los más chicos, al mismo tiempo que atenta contra su desarrollo físico, mental, espiritual, moral y social. Es por eso que con este proyecto apuntamos a seguir promoviendo  su erradicación en la provincia”, explicó Baro.

Además, la presidente de la comisión de presupuesto de la Cámara Alta sostuvo que “basándonos en el artículo 3 de la ley 13.803 que creó el programa provincial para la prevención y erradicación del trabajo Infantil, en todo el territorio de la Provincia de Buenos Aires, nuestro proyecto establece la certificación “sin trabajo infantil” para todos los productos primarios, industriales, manufacturados o de servicios, la que se efectuará como declaración jurada y significará para quienes la adopten una serie de beneficios de tipo impositivo, publicitario y otros que se reglamenten”.

A su vez, Baro remarcó que “las empresas que no adhieran al sistema, no podrán formar parte del registro de proveedores del estado, ni acceder a programas de fomento e incentivo empresariales establecidos en la presente ley”.

Y cerró: “es el estado el garante de los derechos, por lo tanto debe ser el primero en desalentar este tipo de actividades nocivas, antidemocráticas e injustas”.

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