Cuestión Política

Fondo Municipal de Fortalecimiento de la Seguridad: ¿Qué requisitos deben cumplir las gestiones en la Cuarta Sección?


27 de marzo de 2023

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En total son 11 mil millones de pesos para repartir en los 135 distritos bonaerenses que se desembolsarán en cuatro partes, siempre y cuando, las gestiones locales cumplan con los requisitos de presentación de los documentos pertienentes.

El Fondo Municipal de Fortalecimiento de la Seguridad creado por la Cámara de Diputados bonaerense en diciembre del año pasado fue dada a conocer esta mañana en el Boletín Oficial por medio de la Resolución N° 488 en la que el ministerio de Seguridad aclara cómo se distribuirán los 11 mil millones de pesos en los 135 distrito de la Provincia.

Creado con "el objeto de fortalecer las políticas de seguridad provincial", los municipios de la Cuarta  Sección Electoral deberán usar ese dinero en 6 items:

- La adquisición de nuevos móviles policiales: vehículos, motovehículos y/o excepcionalmente otro vehículo automotor, homologado por la Autoridad competente del Ministerio de Seguridad

- Refacciones de dependencias de seguridad

- Reparación de móviles policiales existentes

- Cámaras de seguridad, sistemas de monitoreo y alertas

- Obras de infraestructura de seguridad u otras obras cuya necesidad cuente con la debida justificación del intendente, la que deberá contar con autorización expresa del Ministerio de Seguridad

- Hasta un 10% en otros gastos asociados a los servicios de seguridad.

Pero el tiempo empezó a correr. Es que a partir del día de hoy, las y los jefes comunales deberán presentar ante la Subsecretaría de Planificación e Inteligencia Criminal la solicitud de asignación de los fondos que "será tomada como un compromiso de aplicación del mismo" y actuará omo punto de partida del depósito de dichos fondos que serán en 4 partes.

- Antes del 31 de marzo, el primer desembolso del treinta por ciento (30%) de los recursos que correspondan.

- Antes de 30 de abril, el segundo desembolso del diez por ciento (10%) adicional.

- Antes del 30 de junio se desembolsará un 30% más.

- Antes del 31 de octubre, el 30% restante.

Además, se determinó que dentro del plazo de 60 días tendrán que presentar "la totalidad de la documentación de planes de inversión, programas y/o proyectos en que se aplicaron y/o aplicaran los recursos del Fondo; la que deberá ser debidamente refrendada por la/el Intendenta/e".

En cuanto la justificación de los gastos, al 30 de junio el municipio deberá presentar ante la rendición de al menos el 25% de la totalidad de los fondos asignados y al 31 de octubre el 50%.

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