Cuestión Política

Cuántos extranjeros podrán votar en la Cuarta


02 de julio de 2019

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Cuestión Política

La Justicia determinó la cantidad de extranjeros que podrán participar de la próxima elección PASO de agosto entrante.

A través de una resolución de la Justicia electoral bonaerense se aprobó el registro especial de electores extranjeros. De este modo, quedaron 669.676 personas habilitadas para votar cargos provinciales en las Primarias Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (PASO) del 11 de agosto.

Primera Sección: 240.690 (electores)

Segunda Sección: 7.623 (electores)

Tercera Sección: 324.618 (electores)

Cuarta Sección: 3.982 (electores)

Quinta Sección: 33.106 (electores)

Sexta Sección: 16.195 (electores)

Séptima Sección: 2.265 (electores)

Octava Sección: 40.987 (electores)

En la provincia de Buenos Aires los extranjeros solo están habilitados para votar categorías provinciales. Entonces, únicamente podrán elegir candidato a gobernador y vice; diputados o senadores provinciales de acuerdo a la sección en la que se encuentren, intendente y consejeros escolares.

Los extranjeros mayores de 18 años que lean y escriban en castellano con al menos dos años de residencia legal en territorio bonaerense, tienen derecho a sufragar. Al mismo tiempo, si son mayores de 25 años, pueden postularse como candidato a concejal.

En caso de no efectuar el voto, deben justificar el motivo en la Junta electoral. Si se encuentra a más de 500 kilómetros del lugar de votación,  debe solicitar un comprobante en la Comisaría de la localidad en la que esté. 

La no emisión del sufragio sin justificativo alguno, constituye una falta electoral. Eso incluye no sólo el pago de multas respectivas, sino también la imposibilidad de realizar trámites administrativos que requieran comprobante del voto.

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