Sarquis quedó obligado a recular y ya no hay libertad para las fumigaciones

  • Sección Provincia
  • 18 de feb de 2019 - 14:30

Este lunes, el gobierno de la provincia de Buenos Aires dio marcha atrás con la resolución que permitía aplicar fitosanitarios en cualquier región.

A mediados de diciembre de 2018, el ministro de Agroindustria de la provincia de Buenos Aires, Leonardo Sarquis, implementó una serie de lineamientos a la hora de fumigar. En definitiva, el proyecto de la cartera que conduce el agro bonaerense estableció parámetros para la aplicación de fitosanitarios.

Conforme a lo detallado desde Provincia, la misma tenía como objetivo establecer una linealidad en los 135 distritos y evitar que cada uno tenga su propia regulación. De esa manera, se pondría un parche a la problemática mientras la Legislatura debate una ley por consenso.

Sin embargo, la resolución de Sarquis generó malestar en gran sector de la comunidad rural y la oposición levantó la voz. Claro está, desde el peronismo y el kirchnerismo advirtieron sobre los riesgos de fumigar en zonas linderas a escuelas o a cursos de agua o plantas de bombeos utilizados por los distritos.

Incluso, la ex candidata a senadora Florencia Casamiquela, presentó un recurso ante la Justicia en representación de la comunidad educativa de Chivilcoy. Mientras que el diputado Mariano Pinedo, envió un proyecto para ser debatido y acabar con dicha imposición de la cartera rural.

En ese sentido, el malestar social y la presión de la oposición hicieron mella en Sarquis y debió modificar la resolución.

De esa manera, con su publicación en el Boletín Oficial de la provincia de Buenos Aires, Agroindustria modificó el cuestionado artículo 5 además de suspender por el término de un año la resolución que él mismo lanzó en diciembre.

Con la variable, el artículo de la polémica quedó confeccionado de la siguiente manera: “Abstenerse en forma total de realizar aplicaciones y pulverizaciones de fitosanitarios, en los lotes que linden con establecimientos educativos, campos de bombeo o baterías de pozos para el abastecimiento público, cuerpos y cursos de agua emplazados en el área rural. Si las mismas se tuvieran que realizar por alguna razón estrictamente justificada, fuera y lejos de los horarios de clases, y de otras actividades, y post finalización de las mismas, y siempre y en todos los casos sin presencia alguna de personas o animales, sólo si o si podrán hacerse, las que cuenten con la intervención de un profesional Ingeniero Agrónomo matriculado, autorizando y documentando las mismas previamente, siendo responsable ante las autoridades locales de dicha práctica y sus consecuencias”.

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