Rige la veda electoral: ¿Qué no se puede hacer?

  • Sección Nacion
  • 11 de ago de 2023 - 08:16

El período que comenzó este viernes, a las 8:00 horas, tiene como espíritu conceder un espacio de reflexión a los votantes en la antesala de su decisión a las PASO que se realizarán el próximo domingo 13 de agosto.

 

Desde este viernes 11 de agosto, a las 8:00 horas, y hasta domingo 13 que se celebrarán las Primarias Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (PASO) rige en todo el país la veda electoral, lo que significa que quedan prohibidas una serie de acciones. Quienes incumplan con la norma establecida podrá ser sancionado por la justicia. 

Recordemos que, este período durará todo el fin de semana; es decir, desde este viernes y hastsa el domingo a las 21:00 horas , según el artículo 64 bis del Código Nacional Electoral.
 

¿Qué está prohibido hacer durante la veda electoral?

- Los actos públicos de campaña o cualquier otra actividad proselitista

- Tener abiertas las casas destinadas al expendio de cualquier clase de bebidas alcohólicas hasta transcurridas tres horas del cierre del comicio. En este caso, la veda inicia el sábado a partir de las 20 horas.

- Ofrecer o entregar a los electores boletas de sufragio dentro de un radio de 80 metros de las mesas receptores de votos, contados sobre la calzada, calle o camino

- Los espectáculos populares al aire libre o en recintos cerrados, fiestas teatrales, deportivas y de toda clase de reuniones públicas que no se refieran al acto electoral, durante su desarrollo y hasta pasadas 3 horas de ser clausurado

- A los electores, la portación de armas, el uso de banderas, divisas u otros distintivos durante el día de la elección, 12 horas antes y 3 horas después de finalizada

- La apertura de organismos partidarios dentro de un radio de ochenta (80) metros del lugar en que se instalen mesas receptoras, de votos.

-No se podrá instalarán mesas receptoras a menos de ochenta (80) metros de la sede en que se encuentre el domicilio de los Partidos Políticos reconocidos

-También está prohibida la difusión de publicidad electoral, televisiva, radial, en internet y en medios gráficos.

-Publicar o difundir encuestas y proyecciones sobre el resultado de la elección durante la realización del comicio y hasta tres horas después de su cierre.

Recordemos que, el Tribunal Electoral o cualquiera de sus miembros podrá disponer el cierre transitorio de los locales que estuvieren en infracción a lo dispuesto precedentemente.

¿Cuánto dura la prohibición de bebidas alcohólicas?

Por un lapso de casi 48 horas, algunas actividades quedaron limitadas o suspendidas, entre ellas se encuentra la venta de bebidas alcohólicas. 

Volverá a habilitarse la comercialización a partir de las 21:00 del domingo 13 de agosto, es decir tres horas después del cierre de los comicios.

¿Qué pasa  si se viola la veda electoral?

Los ciudadanos que no  respeten las acciones mencionadas, podrán ser denunciados por violación al Código Electoral, y sancionados si lajusticia comprueba la falta.

Las penas establecidas para aquellos que violan la veda dependen del incumplimiento en el que incurran.
 

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