El gobernador hizo oficial el uso de tapabocas. Según pudo saber este medio, los distritos podrán mantener el cobro de multas. Algunos, cambiarán la ordenanza local para seguir a Provincia.
El gobernador Axel Kicillof, firmó el decreto que obliga a todos aquellos que circulan en territorio bonaerense a utilizar "tapa bocas y nariz", que ya fue publicado en el Boletín Oficial.
En efecto, la medida establece "a partir del día 20 de abril de 2020, el uso obligatorio de elementos de protección que cubran nariz y boca por parte de todas las personas que permanezcan o circulen en transporte público de pasajeros, transporte privado cuando haya dos o más personas y en todos los espacios cerrados de acceso público (oficinas públicas, locales comerciales), dentro de la provincia de Buenos Aires".
En esta línea, se prohíbe "en todo el territorio de la provincia de Buenos Aires la distribución a titulo oneroso o gratuito de las mascarillas médicas o quirúrgicas o de calidad y características similares o superiores, a cualquier persona que no acrediten ser personal de salud".
Sin embargo, en el decreto nada se mencionó acerca de una posible multa en caso de incumplir con su utilización. "Estamos definiendo las competencias y las capacidad de implementar sanciones desde la Provincia", sentenciaron desde Gobernación.
Por su parte, según pudo saber Cuestión Política, los distritos que establecieron multas para sancionar a quienes incumplan con la medida podrán hacerlo. Vale recordar que, Bragado, la sanción puede llegar a los $30 mil.
En tanto, en Carlos Casares, el intedente Walter Torchio adelantó que modificará la normativa local para seguir el lineamiento oficial bonaerense.



