¿Qué monto de referencia puso la Provincia para la impresión de las boletas?

  • Sección Provincia
  • 03 de jul de 2023 - 08:15

El Ministerio de Gobierno bonaerense, además requirió a la Junta Electoral de la provincia de Buenos Aires que informe detalles específicos de la nómina de las agrupaciones políticas.

 

De cara a las PASO que se desarrollarán el 13 de agosto, la Provincia resolvió la suma de pesos dos con 92/100 ($2,92) como valor de referencia del aporte para la impresión de boletas electorales . También solicitó a la Junta Electoral que brinde detalles específicos de las nóminas de las agrupaciones políticas. 

A través de la Resolución Nº 352, publicada en el Boletín Oficial, la cartera que conduce Cristina Alvarez Rodríguez resolvió "en la suma de pesos dos con 92/100 ($2,92) la unidad de boleta de doce centímetros por diecinueve centímetros (12 cm por 19 cm), como valor de referencia del aporte para la impresión de boletas electorales correspondiente a las Elecciones Primarias, Abiertas, Obligatorias y Simultáneas que se llevarán a cabo el día 13 de agosto de 2023".

El documento solicitó "a la Junta Electoral de la Provincia de Buenos Aires que comunique la nómina de agrupaciones políticas, directivos/as y apoderados/as de las mismas que oficialicen listas para las Elecciones Primarias, Abiertas, Obligatorias y Simultáneas, detallando categorías y distritos, así como el número de cuenta corriente abierto a efectos del depósito del aporte y el número de electores a fin de realizar el cálculo y liquidación".

Además,  estableció que "la transferencia de los montos resultantes de la aplicación del procedimiento contemplado en el artículo 32 segundo párrafo de la Ley Nacional Nº 26.571 y la presente, se realizará contra presentación de la/s factura/s correspondientes".

Entre otros detalles, la Resolución exhibe que "los fondos correspondientes a los aportes referidos en los artículos anteriores estarán disponibles para su imputación hasta el día 31 de diciembre del corriente año, correspondiendo a los/as directivos/as y apoderados/as instar el procedimiento para su pago".

En sus fundamentos, la disposición aclara que  "como consecuencia de la adhesión al régimen de simultaneidad de las elecciones primarias, las agrupaciones políticas que presenten precandidatos/as a cargos públicos nacionales y provinciales oficializan un cuerpo único de boletas con las categorías de Presidente/a y Vicepresidente/a, Parlamentarios/as del Mercosur por Distrito Nacional, Senadores/as Nacionales, Diputados/as Nacionales, Parlamentarios/as del Mercosur por distrito regional, Gobernador/a y Vicegobernador/a, legisladores/a provinciales e Intendente/a y cargos municipales, por lo que corresponde establecer un valor similar al determinado por la Dirección Nacional Electoral".
 

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