Cuestión Política

TRENQUE LAUQUEN | Promueven impuesto a la riqueza para bancos, hipermercados y telefónicas


19 de junio de 2020

Compartir esta nota en

Cuestión Política

Desde el bloque del Frente de Todos en el Deliberante local impulsan la iniciativa. Se trata de una contribución extraordinaria por parte de grandes contribuyentes en el marco de la pandemia, a pagar en tres cuotas

La edil Mónica Estévez, vicepresidenta del Concejo Deliberante de la localidad de Trenque Lauquen presetó junto a su par Pablo Larrosa, con quien integra el bloque del Frente de Todos, un proyecto de Contribución Extraordinaria que busca establecer un gravamen sobre los grandes contribuyentes, en el marco de la pandemia de COVID19, para la conformació de un Fondo de Emergencia Sanitaria. 

"El objeto del mismo es que aporten por única vez en tres cuotas (agosto, octubre y diciembre) aquellos sectores que se vieron beneficiados durante la crisis sanitaria. Estos fondos serán destinados a la compra de insumos y equipamiento de Salud para la ciudad, sin afectar al resto de los contribuyentes que están atravesando una situación critica desde lo social y económico", explicó Estéves en diálogo con Cuestión Política.

Según el proyecto, estarán acalnzados por el impuesto bancos privados, entidades financieras y similares; supermercados cuya superficie habilitada supere los 150 metros cuadrados; distribuidoras mayoristas de alimentos; industrias de más de 100 empleados; los titulares de dominio, usufructuarios, poseedores a título de dueño, condóminos y  las sociedades, que posean 5 o más inmuebles (quedan exceptuadas las entidades sin fines de lucro) y las empresas prestadoras de servicios de telefonía y/o internet y/o cable que resulten alcanzadas por el derecho de ocupación de espacio público.

La iniciativa establece además "aquel contribuyente que exprese en forma fehaciente su voluntad de no abonar la contribución por causa justificada, será eximido luego de la evaluación pertinente" y el importe "quedara determinado por las Unidades de Medida impositiva (UMI) establecidos en la Ordenanza Impositiva". 

Compartir esta nota en